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Subvenciones

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Energías renovables

 

Tecnología Organismo   Normativa         Importe ayuda          Observaciones Estado

Solar fotovoltaica: aislada y bombeo solar

LogoCastillaMancha1 Orden 18-11-2011 de la   Consejería de Fomento

30% del importe 

Máximo 30.000 €/proyecto 

Próxima apertura del plazo presentación
Mixta solar-eólica asilada LogoCastillaMancha1

Orden 18-11-2011 de la

Consejería de Fomento

30% del importe

Máximo 30.000 €/proyecto 

Contribución fotovoltaica al  50% de la potencia eólica

Potencia aerogenerador inferior a 5 Kw

Próxima apertura del plazo presentación
Solar térmica LogoCastillaMancha1 Orden 18-11-2011 de la Consejería de Fomento 30% del importe

Máximo 30.000 €/proyecto 

No son subvencionables las instalaciones o la parte de ellas necesarias para cumplir CTE Próxima apertura del plazo presentación
idae  solcasa2 Linea de financiación para que ESEs acreditadas  como TECNOSOL realizacen instalaciones de energía solar térmica

En vigor

 

Biomasa LogoCastillaMancha1 Orden 18-11-2011 de la Consejería de Fomento 30% del importe

Máximo 30.000 €/proyecto 

No son subvencionables las instalaciones o la parte de ellas necesarias para cumplir CTE Próxima apertura del plazo presentación
image 16x16idae  biomcasa2 Linea de financiación para que ESEs acreditadas  como TECNOSOL realizacen instalaciones de Biomasa

En vigor

 

Hidrida biomasa-solar térmica LogoCastillaMancha1 Orden 18-11-2011 de la Consejería de Fomento 30% del importe

Máximo 30.000 €/proyecto 

No son subvencionables las instalaciones o la parte de ellas necesarias para cumplir CTE Próxima apertura del plazo presentación
Conexión a red No existen ni existirán subvenciones para este tipo de instalaciones

  

   

EFICIENCIA ENERGETICA

-          Resolución de 30/07/2010 de Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda , de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Resolución 08/10/2010.

 

Tecnología Organismo   Normativa       Importe ayuda          Observaciones    Estado

 Ayudas para la mejora de la eficiencia y ahorro energético

LogoCastillaMancha1 Orden 23-12-2011 de la Consejería de Fomento 

Variable según la línea actuación(máx. 100.000€)

 Dirigidas al sector público, industrial y de cogeneración, así como en el sector de la edificación.

31-12-11 al 31-01-12

Ampliado al     29-02-12

Ayudas sustitución de calderas y equipos aire acondicionado individuales

LogoCastillaMancha1 Orden 30-11-2011 de la   Consejería de Fomento

30% del importe 

Calderas máximo 400 € 

Aire acondicionado máximo según potencia

Para calderas:

Individuales hasta 70Kw

Para pasar de cualquier combustible no renovable a GN o GLP

Para pasar de gasoil a caldera de gasoil condensación

Aire acondicionado:

Individuales hasta 12 Kw

Más del 20% de ahorro

 Refrigerante R-22

19-12-11 al 02-07-2012 o hasta agotamiento del crédito
Ayudas a la compra de electrodomésticas de alta eficiencia energética LogoCastillaMancha1

Orden 30-11-2011 de la Consejería de Fomento

 

Ayudas destinadas a la sustitución ventanas por otras de mayor eficiencia energética LogoCastillaMancha1 Orden 30-11-2011 de la Consejería de Fomento 35% del importe

Máximos

Particulares  3000 €

Sect. terciario 6000 €

a) Sustitución de ventanas en su conjunto

b) Instalación de doble ventana añadiendo la exterior

c) Sola instalación de cristales

Abierto el plazo hasta el 30-06-2012  o agotamiento crédito
idae  solcasa2 Linea de financiación para que ESEs acreditadas  como TECNOSOL realizacen instalaciones de energía solar térmica

En vigor

Biomasa LogoCastillaMancha1 Orden 18-11-2011 de la Consejería de Fomento 30% del importe

Máximo 30.000 €/proyecto 

No son subvencionables las instalaciones o la parte de ellas necesarias para cumplir CTE Próxima apertura del plazo presentación
Conexión a red No existen ni existirán subvenciones para este tipo de instalaciones

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MODERNIZACIÓN DE REGADIOS

 

MEJORA DE EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS

- Resolución de 15/10/2010, por la que se convocan para el año 2010 las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias, a la primera instalación de jóvenes agricultores y a las actuaciones en materia de regadíos y corrección de errores .

- Orden de 26/07/2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias, a la primera instalación de jóvenes agricultores y a las actuaciones en materia de regadíos y corrección de errores.

. Destinatarios

Agricultores profesionales, jóvenes agricultores o explotaciones agrarias prioritarias

. Requisitos exigidos.

                        Ser titular de una explotación agraria.
Presentar un plan de mejora de su explotación (Anexo I)
Comprometerse a ejercer la actividad agraria en la explotación objeto de la ayuda durante al menos cinco años.
Acreditar su viabilidad económica (Artículo 2.17)
Cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales (Anexo II).
Justificar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Para personas físicas: Ser agricultor profesional; poseer la capacitación profesional suficiente; estar afiliado al Régimen de la Seguridad Social que corresponda; tener entre 18 y 65 años; residir en la comarca donde radique su explotación o en alguna limítrofe.
Para personas jurídicas: Que se trate de una explotación agraria prioritaria o alcanzar tal condición con la aplicación de las ayudas establecidas en la presente Orden; que su actividad principal sea la agraria.

Importe

- El volumen de inversión objeto de ayuda será de hasta 90.151,82 eu por unidad de trabajo agrario (UTA), con un límite máximo de 180.303,63 eu por explotación, para personas físicas o Comunidades de Bienes; y con un límite máximo de 721.214,52 eu por explotación para personas jurídicas.
- La cuantía máxima de la ayuda expresada en porcentaje del importe de la inversión será de hasta: a) El 50% en las zonas desfavorecidas incluidas en las listas a las que hace referencia el Reglamento (CE) 1257/1999 del Consejo y b) el 40% en las demás zonas.
- Las ayudas a las inversiones podrán consistir en subvenciones de capital, bonificación de intereses, subvención de una parte del número de anualidades de amortización del principal, ayudas para sufragar costes del aval, o en una combinación de ellas. (Artículos 8, 9 y 10 de la Orden).
- Las ayudas para adquisición de tierras: importe no sea superior a 44.655,20 eu por UTA ni a 89.310,40 eu por beneficiario (valor escriturado).

 

ACTUALMENTE NO SE ENCUENTRA EN VIGOR

 

MEJORA Y MODERNIZACION DE REGADÍOS

 

- Resolución de 15/10/2010, por la que se convocan para el año 2010 las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias, a la primera instalación de jóvenes agricultores y a las actuaciones en materia de regadíos y corrección de errores.

- Orden de 26/07/2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias, a la primera instalación de jóvenes agricultores y a las actuaciones en materia de regadíos y corrección de errores.

 

Destinatarios

Los beneficiarios pueden ser:
- Entidades asociativas cuya finalidad sea riego en común podrán acometer infraestructuras comunes de la zona regable hasta el hidrante en cada parcela, instalaciones del riego en parcela de las zonas regables que por su naturaleza y tipología de regadíos hacen aconsejable que el titular sea una entidad colectiva para realizar con éxito las actuaciones proyectadas siendo los beneficiarios finales los titulares de las explotaciones agrarias afectadas
- Titulares de explotaciones que sean agricultores no profesionales y personas jurídicas titulares de explotaciones que no cumplan ni alcancen con las actuaciones proyectadas los requisitos de explotación prioritaria y actividad principal agraria

 

 

Requisitos exigidos

Las obras y actuaciones deberán estar ubicadas en Castilla-La Mancha.
Estar al corriente de pago de sus obligaciones fiscales y con la Seg.Social.
Acuerdo de la Asamblea General en caso de Entidades Asociativas, en el que se apruebe llevar a cabo las actuaciones proyectadas.
Los titulares de explotaciones agrarias: Ser agricultor no profesional y si persona jurídica deberá no ser explotación prioritaria ni actividad principal agraria; comprometerse a ejercer la actividad agraria al menos cinco años; tener entre 18 y 65 años; acreditar la viabilidad económica de la explotación; cumplir las normas mínima en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales; poseer la capacitación profesional suficiente.
Acreditación de la posesión de los derechos de agua para riego de la superficie afectada.
Declaración de Evaluación de Impacto Ambiental para superficie mayor de 100 ha.

Importe

- Subvención directa de hasta un 40% de la inversión financiable establecida en la resolución aprobatoria. Este porcentaje se podrá aumentar 10 puntos para entidades asociativas cuya finalidad sea el riego en común baja la modalidad de Comunidades de usuarios o Comunidades de Regantes.
- La inversión máxima financiable fijada por solicitud de ayuda es: para entidades asociativas cuya finalidad sea el riego en común: 180.000 eu por socio, con un máximo de 10 millones de euros. Para el resto de beneficiarios: 180.000 euros.

ACTUALMENTE NO SE ENCUENTRA EN VIGOR

 

 

 

NOS OCUPAMOS DE LA TRAMITACIÓN DE SU SUBVENCIÓN SIN NINGÚN TIPO DE COSTE ADICIONAL.

 

Última actualización el Martes, 31 de Enero de 2012 07:02

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